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Sentencia judicial por siniestro vial: Condenada a 24 meses de prisión en régimen de libertad a prueba por homicidio culpable

La Justicia letrada de Tacuarembó dictó sentencia en relación con el siniestro de tránsito fatal que tuvo lugar el 15 de abril de 2023, en la intersección de las Avenidas Oliver y General Manuel Oribe. El suceso, que resultó en el fallecimiento de una persona mayor, culminó con la condena de la conductora involucrada tras un proceso de investigación y pericias.
El hecho se produjo en horas de la tarde, cuando un automóvil, conducido en aquel momento por una mujer de 34 años (actualmente de 37 e identificada como M.D.L.A.F.C.), embistió a una peatón de 77 años. La víctima, a consecuencia del impacto, fue diagnosticada como “Politraumatizada Grave” y debió ser ingresada en la Unidad de Cuidados Intensivos (CTI) de un centro asistencial. Lamentablemente, la mujer de 77 años falleció días después, confirmando el desenlace fatal del accidente.
Tras el siniestro, intervinieron inmediatamente efectivos de la Unidad de Respuesta y Patrullaje, personal de Comisaría 1.º y de la Policía Científica para la recolección de indicios, siendo notificada la Fiscalía Letrada de 2.º Turno para la dirección de la investigación. Luego de transcurridas las diligencias necesarias, las pericias correspondientes y la instrucción del caso, este fue elevado a la órbita de la Justicia.
Finalmente, celebrada la audiencia ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 5.º Turno, se dispuso la condena de M.D.L.A.F.C. como autora penalmente responsable de un “delito de homicidio culpable en grado consumado”. La pena impuesta se fijó en 24 meses de prisión, la cual deberá cumplirse bajo el régimen de libertad a prueba.
Este régimen alternativo de cumplimiento de pena conlleva para la condenada la obligación de acatar una serie de medidas estrictas y controladas por la Justicia. Específicamente, deberá cumplir con arresto domiciliario nocturno por un plazo de 4 meses; fijar domicilio de manera inamovible; realizar un total de 30 horas de trabajo comunitario; someterse a la orientación y vigilancia de DINAMA (Dirección Nacional de Monitoreo y Asistencia Post Penitenciaria); y efectuar presentaciones semanales ante la seccional policial correspondiente a su domicilio. La sentencia marca así la conclusión del proceso judicial por el fatal siniestro ocurrido en 2023.
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Incautan pasta base en la Ruta 5: condenan a dos años y ocho meses de prisión al responsable de la “Operación Hodos”

Un operativo de la Brigada Departamental Antidrogas finalizó con la detención y condena de un joven de 20 años que trasladaba sustancias estupefacientes a bordo de un ómnibus de transporte interdepartamental desde la capital hacia el departamento de Tacuarembó.
El procedimiento se desencadenó el pasado 1.º de octubre, tras recibir información confidencial que alertaba sobre el posible traslado de sustancias ilícitas. Ante esta situación, los efectivos montaron dispositivos de vigilancia y control en diversas frecuencias de transporte de pasajeros.
El despliegue policial rindió sus frutos a la altura del kilómetro 384 de la Ruta Nacional N.º 5. En ese punto, las autoridades interceptaron al sospechoso inmediatamente después de descender del vehículo con una mochila.
Durante el registro personal e inspección del equipaje, los agentes hallaron dos teléfonos celulares y un envoltorio con una sustancia sospechosa. Tras las pericias reactivas correspondientes, se confirmó que el paquete contenía pasta base de cocaína.
El detenido, quien ya contaba con antecedentes penales por delito de hurto, fue puesto de forma inmediata a disposición de la Fiscalía Letrada de 1.º Turno.
Posteriormente, en la audiencia celebrada ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 1.º Turno, la Justicia dictó la condena del indagado como autor penalmente responsable de un delito de suministro de estupefacientes. Deberá cumplir una pena de dos años y ocho meses de penitenciaría efectiva.
Portal del Norte
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Condenan a un hombre de 36 años a más de dos años de cárcel por abuso sexual infantil en Tacuarembó

El Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 1.º turno dictó sentencia condenatoria para un hombre de 36 años, sin antecedentes penales previos, tras hallarlo autor penalmente responsable de un delito de abuso sexual cometido contra dos niñas de 7 años. El imputado deberá cumplir una pena de 2 años y 2 meses de penitenciaría efectiva.
El caso tuvo su origen en noviembre de 2025, cuando la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género I recibió la denuncia formal sobre los hechos. Bajo la órbita de la Fiscalía Letrada de 1.º turno, las autoridades policiales iniciaron un exhaustivo proceso de investigación que incluyó toma de declaraciones, recolección de pruebas e informes periciales para esclarecer lo sucedido.
En las primeras etapas del proceso, la Justicia dispuso como medida cautelar la prohibición de acercamiento y comunicación del indagado hacia las víctimas en un radio de 500 metros durante 180 días, mientras se completaban las pericias correspondientes. Tras recabar los elementos de convicción necesarios, la Fiscalía libró la orden de detención, la cual fue efectuada recientemente por los efectivos de la Unidad Especializada.
Además de la pena privativa de libertad, la resolución judicial estableció un conjunto de severas medidas accesorias, entre las que se incluye el pago de una reparación patrimonial a las víctimas equivalente a 12 salarios mínimos y su posterior inscripción en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.
Por otra parte, la sentencia determinó la pérdida e inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guardia o tenencia de menores, personas con discapacidad y adultos mayores en situación de dependencia. Asimismo, el condenado quedó inhabilitado por el plazo de 10 años para ejercer cargos públicos o privados en las áreas de educación, salud o cualquier otra actividad que implique un trato directo con niños, niñas o personas vulnerables.
Porta del Norte
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Tacuarembó: Caen tres hombres tras millonario robo en Balneario Iporá y maniobras de lavado de activos

Un procedimiento llevado a cabo por la Dirección de Investigaciones de la Jefatura de Policía de Tacuarembó culminó con la condena de tres hombres involucrados en hurtos de gran porte e implicados en maniobras de lavado de activos y asistencia al lavado.
Las actuaciones policiales permitieron esclarecer dos ilícitos perpetrados en el departamento. El primero de ellos ocurrió en septiembre de 2025 en una finca del Balneario Iporá, donde se sustrajeron 140.000 dólares americanos, 200.000 pesos uruguayos, además de cuchillos y chairas con cabos de oro y plata, vainas y una bayoneta. El segundo hecho tuvo lugar en junio de 2026 en un comercio de la calle Concejal Catalogne, desde donde se denunció la sustracción de materiales de construcción y herramientas evaluados en unos 45.000 pesos uruguayos.
El trabajo de inteligencia, análisis documental y vigilancia llevado a cabo por el personal policial permitió identificar a los autores de los hechos: un hombre de 31 años con antecedentes penales por asociación para delinquir y contrabando, y dos hombres de 30 y 52 años, ambos carentes de antecedentes. Las pesquisas determinaron que dos de los involucrados mantenían vínculo con el comercio afectado y que el dinero sustraído en el balneario fue volcado a la compra de bienes, vehículos y viajes.
En coordinación con la Fiscalía Letrada de 2.º Turno, la investigación derivó en la tipificación de delitos financieros. Mediante órdenes de allanamiento concretadas en una finca de la calle Figueroa (Tacuarembó) y en la localidad de Minas de Corrales (Rivera), la Policía detuvo a los tres requeridos e incautó una camioneta Chevrolet Montana, un automóvil Fiat Mobi, una camioneta Fiat Strada y una motocicleta Yumbo Max 110.
Finalizada la audiencia en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 5.º Turno, la Justicia dispuso las siguientes condenas:
E.G.C.L. fue condenado como autor penalmente responsable de dos delitos de hurto (uno de ellos agravado por penetración domiciliaria) y un delito de lavado de activos en la modalidad de conversión y transferencia, a la pena de 3 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
J.B.G.C. y A.E.D.R. fueron condenados como autores penalmente responsables de dos delitos de hurto (uno agravado por penetración domiciliaria) y un delito de asistencia al lavado, a la pena de 20 meses de prisión bajo régimen de libertad a prueba. Entre las medidas impuestas se destacan el arresto domiciliario nocturno de 22:00 a 06:00 horas durante el plazo de la condena, la presentación semanal en la seccional policial correspondiente y la realización de servicios comunitarios por un periodo de 10 meses.
Asimismo, la sede judicial decretó el decomiso definitivo de los cuatro vehículos incautados en los procedimientos.
Portal del Norte
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