Política
Debate truncado en la Junta Departamental: Retiro de ediles suspende exposición de Eber Da Rosa
Fotos:Radio ZSM|
La sesión de la Junta Departamental de ayer se vio abruptamente interrumpida por la salida de ediles, lo que impidió que el ex Intendente y actual edil Eber Da Rosa completara su exposición. Da Rosa se había presentado ante el cuerpo en el marco de la solicitud de revocación del veto del Intendente, específicamente en lo concerniente a la situación del Secretario General del legislativo local. La falta de quórum se generó tras el retiro de curules de las listas 550, 50 y 903 del Partido Nacional, del Partido Colorado y de la lista 76 del Frente Amplio.
Cuestiones jurídicas y el rol del órgano Parlamentario
Momentos antes de la suspensión, Da Rosa abordó la naturaleza del debate que se estaba gestando en la Junta, respondiendo a críticas que sugerían un supuesto “caos” en el órgano a raíz de las diferencias jurídicas y políticas.
El edil defendió la función esencialmente política y parlamentaria de la Junta, destacando que es un espacio natural para el debate y la discusión de visiones contrapuestas. “Un órgano parlamentario es por excelencia un lugar donde se discuten cuestiones jurídicas y políticas”, afirmó.
En su intervención, Da Rosa hizo hincapié en el equilibrio de poderes que consagra la Constitución, señalando a la Intendencia y la Junta Departamental como los dos poderes fundamentales del departamento. Además, recordó que la función de la Junta incluye tanto legislar como ejercer el contralor.
Posicionamiento sobre la figura del Secretario General
Un punto importante de la exposición del ex intendente fue la calidad del cargo de Secretario General del legislativo. Da Rosa discrepó con la interpretación de que este cargo pueda ser considerado de “confianza del Ejecutivo Departamental”.
Citando el Artículo 273 de la Constitución de la República, el edil puntualizó que la Junta Departamental tiene a su cargo las funciones legislativas y de contralor, y específicamente en su numeral séptimo, se le otorga la potestad de “nombrar a los empleados de sus dependencias, corregirlos, suspenderlos y destiturlos”.
“Por lo tanto, en el caso del secretario general de la Junta se está nombrando a un funcionario del legislativo y no un funcionario de confianza de la intendencia”, concluyó Da Rosa.
Portal del Norte