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Condenan a siete años de prisión a militar por torturas en el Regimiento de Tacuarembó

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El Juez Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 5to. Turno, Óscar Suárez, dictó sentencia definitiva contra el militar retirado Carlos Chaine, condenándolo a siete años de penitenciaría por crímenes cometidos durante la última dictadura militar. La resolución, fechada el 2 de marzo de 2026, establece la responsabilidad de Chaine como coautor de cuatro delitos de privación de libertad, en concurrencia con reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y lesiones personales.

Los hechos que motivaron la condena se remontan a febrero de 1976 en el Regimiento de Caballería Mecanizada Nº5 de Tacuarembó. Según el expediente judicial, las víctimas —militantes del Partido Comunista del Uruguay identificados como Emilio Toribio, Ariel Zapata, Carlos Pintos, Julio Basualdo, María del Carmen Rebuffo y María Elvira Gómez— fueron sometidas a torturas sistemáticas que incluyeron plantones prolongados, el uso de la picana eléctrica, colgamientos y simulacros de fusilamiento, además de violencia psicológica y trabajos forzados degradantes.

La causa judicial, que se extendió durante 14 años desde su apertura en marzo de 2012, enfrentó diversas dilatorias procesales interpuestas por la defensa, centradas principalmente en recursos de prescripción. A lo largo del proceso, varios de los militares y un médico inicialmente denunciados fallecieron, quedando Chaine como el principal responsable supérstite alcanzado por la sentencia.

El fallo del magistrado, que consta de más de 40 carillas, se sustenta en una sólida base probatoria documental y testimonial. El juez Suárez destacó la «convergencia fáctica» en los relatos de las víctimas, quienes describieron con precisión el cuartel en construcción y el uso de carpas con piso de madera, detalles que el propio Chaine admitió en sus declaraciones. Esta coincidencia situó al indagado en el mismo espacio físico y temporal que los detenidos.

Asimismo, informes del Ministerio de Defensa y actas de la antigua Justicia Militar confirmaron que Chaine revistaba como Alférez y encargado de obras en dicha unidad al momento de los hechos. La sentencia subraya que su rol como encargado de obra le otorgaba un conocimiento exhaustivo del predio y un «dominio operativo» que facilitó la ejecución del plan delictivo y el mantenimiento de la coacción sobre los civiles detenidos.

El dictamen judicial concluye que la participación de Chaine fue necesaria para la consumación de los apremios físicos, señalando que el encausado integraba el círculo de confianza del aparato represivo local en Tacuarembó hace cinco décadas.

Portal del Norte

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